En el universo del mercado existen numerosos vehículos financieros, uno de ellos son los warrants. Donde el comprador tiene el derecho de comprar, pero no la obligación de comprar o vender.

¿Qué son los warrants y cómo funcionan?

Los warrants son vehículos financieros con los cuales se tiene el derecho a comprar, pero no la obligación de comprar o vender. Son parecidos a las opciones pero con algunas diferencias. Cabe destacar que estos son herramientas diluidas, ya que cuando se emiten se crean nuevas acciones que diluyen el capital de la empresa.

¿Cuáles son las características de los warrants?

Entre las características de los warrants podemos señalar las siguientes:

  • Se crea sobre un activo subyacente, al igual que las opciones
  • Se adquiere el derecho a comprar o vender en un plazo determinado
  • Tienen un vencimiento para ejecutar
  • Los warrants europeos se ejecutan al vencimiento, mientras que los americanos se pueden ejercer en cualquier momento
  • Posee un precio fijado
  • La prima es el coste sobre el warrant
  • Ratio: La relación entre el contrato existente y el activo subyacente
  • Consigues exposición al mercado con un riesgo muy reducido
  • Se suelen utilizar como elementos de cobertura para proteger la cartera o complemento para ganar atractivo en otros productos como la colocación de deuda

¿Cómo funcionan?

Al igual que las opciones, compras un warrant sobre un determinado activo el cual puedes ejercer o no en la fecha prevista (dependiendo de las características de los mismos) de vencimiento con un coste muy inferior al precio del valor del activo al que hace referencia.

warrants

¿Cómo comprarlos?

Los warrants se registran en nuestro país en la Comisión Nacional del Mercado de Valores o CNMV. A su vez la operativa se realiza a través de Bolsa y Mercados Españoles o BME. Para contratarlos solo hace falta acudir a un intermediario financiero como podría ser cualquier banco de inversión.

¿Cómo tributan?

Los warrants tributan al igual que cualquier otro activo financiero a través de la Agencia Tributaria (AEAT). Las rentas derivadas supondrán una ganancia o pérdida patrimonial. El cálculo del resultado de la operación se puede deducir los gastos incurridos en la operación. El tipo impositivo variará en función de las ganancias obtenidas. Por ejemplo hasta 6.000 euros será un19%, entre 6.000 y 50.000 euros un 21%.

¿Qué es el spread en un warrant?

El spread es la diferencia entre el warrant call (compra) y warrant up (venta).

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